El sector de transporte de carga en Colombia es un eje esencial para la economía, ya que garantiza la movilidad de mercancías en el territorio nacional e internacional. Sin embargo, su relevancia también conlleva responsabilidades que deben ser cumplidas por Remitentes, Destinatarios, Contratantes del servicio, quienes tienen el rol de Generadores de Carga, por supuesto por Empresas de transporte de carga y propietarios de vehículos, quienes deben garantizar la transparencia, eficiencia y cumplimiento de la normatividad especial para el transporte terrestre de carga vigente.
Entre los principales mecanismos de regulación en este sector, están el Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Automotor de Carga (SICETAC) y el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC). El incumplimiento de estas normativas puede llevar a sanciones de hasta 100.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes cuando se incurra en prácticas ilegales por COMPETENCIA DESLEAL, así como el sometimiento a control de las empresas del sector, lo que implica graves consecuencias legales, operativas, reputacionales y financieras.
La importancia de conocer las nuevas resoluciones sobre SICETAC y el RNDC en el transporte de carga:
Quien necesite contratar una Empresa de Transporte de carga para movilizar sus mercancías (que son el 90% de los industriales en el país ya que las únicas excepciones están en el Decreto 2044 de 1988), así como aquellos que son Remitentes o Destinatarios de mercancías, tienen un control y supervisión especial por el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte desde el año 1996, que solo hasta ahora notamos este control con la evolución y transformación de tecnologías, propósitos políticos y necesidades de control del actual Gobierno.
El SICETAC fue implementado como una herramienta para vigilar e inspeccionar las relaciones económicas entre Generadores de Carga y Empresas de Transporte, así como entre Empresa transportadora y Propietario de vehículos, con el propósito de proteger los costos operativos en el servicio de transporte de carga, no es proteger solo al propietario de vehículo, busca proteger también a las empresa de transporte de carga e inclusive a los Generadores de Carga, para lograr la eficiencia y competitividad del sector, la implementación de buenas prácticas comerciales y pagos justos de acuerdo a la Economía del País, o por lo menos eso dicen en las mesas del Ministerio de transporte.
Por otro lado, el RNDC es una plataforma clave para la supervisión y trazabilidad de los despachos de carga en el país. Este sistema permite al Ministerio de Transporte monitorear las operaciones logísticas, garantizar la legalidad del transporte de mercancías y prevenir actividades ilícitas como el contrabando o el lavado de activos.
A través de la actualización que propone la nueva Resolución 20243040058015 del 28-11-2024, el ministerio de transporte impone obligaciones a todos los actores del servicio de transporte de carga, ya no permite interpretaciones, quiere conocer quiénes son Contratantes del servicio, quienes son Remitentes, destinatarios, Operadores logísticos, quienes tienen a su cargo la responsabilidad de planificar y garantizar las horas logísticas para el cargue y descargue de mercancías, en qué sectores, en qué industrias se reportan mayores tiempos logísticos: horas de espera para cargar o descargar, horas que se toma un remitente o un destinatario para la operación propia del cargue y descargue, y esto hace que el Ministerio de transporte le informe a la Superintendencia de Transporte quien es responsable de ineficiencias, traumatismos logísticos y quien hace más costoso el servicio, y este informe indiscutiblemente trae como consecuencias investigaciones y sanciones críticas superiores a 1.000 millones de pesos.
Consecuencias del incumplimiento
Ambos sistemas están diseñados para promover la formalización del sector, reducir la evasión fiscal, fortalecer la seguridad de contratación, y fortalecer la productividad del país.
Los industriales no se deben preocupar simplemente en contratar a la empresa de transporte que le ofrezca el flete “más barato”, de hecho ésta ya es una señal de alerta, por tratarse de una empresa que no conoce la norma o no le interesa cumplir y los expone a una investigación gravísima por facilitar la prestación del servicio por debajo de los mínimos legales que podria llevarme a investigaciones por Lavado de activos.
Todos los remitentes, contratantes, destinatarios deben preocuparse ahora por conocer y contratar empresas de transporte de carga formales, legales, que les interese cumplir las normas y no exponer su patrimonio. Empresas que sepan del SICETAC, que me alerten frente a posibles demoras en los tiempos logísticos, que pueden llevarnos a sanciones, y sometimientos a control a las empresas que no cumplan con los requerimientos normativos.
Entre las razones más comunes para el sometimiento a control se encuentran:
- 1. No registrar información en el RNDC: Las empresas que no ingresen los datos de los despachos, las características de los vehículos o las rutas utilizadas, los fletes en caso de generadores de carga entre otros informes, los tiempos logísticos reales están incumpliendo un deber legal fundamental.
- 2. Omisión en el uso del SICETAC: No aplicar las tarifas establecidas en este sistema puede interpretarse como un intento de distorsionar el mercado, generar prácticas de competencia desleal o de evadir responsabilidades fiscales.
- 3. Falta de mantenimiento en los registros: Información desactualizada o inconsistencias en los datos suministrados pueden dar lugar a investigaciones, debido a la comparación que empieza hacer el Mintransporte entre lo que reporta empresas de transporte, propietario de vehículo y generador de carga.
- 4. Reincidencia en infracciones: Las empresas que reiteradamente infringen las normas pueden ser sometidas a un control más estricto.
Impacto del sometimiento a control
El sometimiento a control implica medidas como la intervención administrativa, auditorías constantes y restricciones en la operación de la empresa. Además, puede generar:
- Pérdida de reputación: Una empresa en control es percibida como poco confiable por clientes y proveedores.
- Sanciones económicas: Las multas asociadas a estas faltas pueden ser significativas que pueden llegar a 100.000 millones de pesos o más.
- Interrupción en las operaciones: Dependiendo de la gravedad del incumplimiento, la empresa podría enfrentar limitaciones para operar por suspensión temporal de su actividad.
Medidas para evitar el incumplimiento
Para prevenir tanto las multas como el sometimiento a control, las empresas de que presten el servicio transporte de carga y generadores de carga que necesiten contratar este servicio, remitentes y destinatarios que tienen a su cargo los tiempos de cargue y descargue respectivamente, deben implementar estrategias robustas de cumplimiento normativo, en las que M&M INTEGRAL está presto a ayudarlos. entre las que se incluyen:
- 1. Capacitación continua: El personal debe conocer las nuevas resoluciones y todas las normativas que mensualmente se están expidiendo en el sector para integrar dentro de sus estratégicas y negociaciones los sistemas SICETAC y RNDC.
- 2. Actualización tecnológica: Contar con herramientas que integren y automaticen los registros en las plataformas requeridas.
- 3. Auditorías internas: Realizar revisiones periódicas para detectar errores o inconsistencias en los datos reportados.
- 4. Asesoría legal especializada: Contratar expertos en normatividad del transporte para garantizar el cumplimiento, con la experiencia y enfoque especializado en el sector de transporte de Carga.
En M&M INTEGRAL nuestros procesos buscan garantizar que su empresa opere bajo los estándares legales y administrativos establecidos.