El reto de Vigilar que todas los servicios de transporte tengan el Documento de Transporte

Documento de Transporte: Cumple con el Decreto 1017 de 2025

El reto de Vigilar que todas los servicios de transporte tengan el Documento de Transporte:

Cómo cumplir con la contratación del servicio de transporte sin que sea declarado ilegal por desconocer el Decreto 2044 de 1988 y el hoy Decreto 1017 de 2025:

El transporte de carga en Colombia enfrenta hoy un nuevo desafío: garantizarle a todas las autoridades que ninguna mercancía circule sin el soporte del Documento de Transporte.

 

Esta obligación, sustentada desde el Decreto 1079 de 2015, el hoy Decreto 1017 de 2025 en conjunto con el Decreto 2044 de 1988, busca fortalecer el control y la trazabilidad del movimiento de mercancías, especialmente de aquellas consideradas “productos especiales”.

Pero, ¿qué implica realmente este decreto 2044 de 1988 contenido en el Decreto 1017 de 2025? ¿A quién aplica? ¿Y cuáles son los riesgos de no cumplirlo?

¿Qué regulan estos Decretos 2044 de 1988 compilado en el Decreto 1017 de 2025?

En Colombia todo tipo de movimiento de mercancías a nivel nacimiento (intermunicipal) o urbano (municipal) debe estar amparado y soportado con un Documento de Transporte, y este documento implica obligaciones legales y responsabilidades contractuales que vigilan con especial supervisión la Superintendencia de transporte y Ministerio de Transporte. 

El Decreto 2044 fue creado para regular la contratación directa que se puede hacer entre un Generador de Carga con un propietario de vehículo únicamente de mercancías y productos especiales en vehículos de servicio público de carga, para el transporte a nivel intermunicipal o en zonas rurales y centros urbanos que hoy se conoce como transporte municipal.

Esta norma en conjunto con el Decreto 1017 de 2025 permite que, el usuario (o generador de carga) y el propietario del vehículo, sin necesidad de intermediación de una empresa de transporte habilitada puedan pactar el servicio de transporte, sin embargo implica responsabilidades para ambas partes, exige reportes de ambos en el RNDC y exigirá el Documento de Transporte.

¿Qué mercancías están incluidas?

El artículo 1 del decreto 2044 considera como mercancías o productos especiales a los siguientes:

  1. Animales: ganado menor en pie, aves vivas y peces.

  2. Productos de origen animal: huevos, leche cruda o pasteurizada y otros productos lácteos.

  3. Empaques y recipientes usados: envases, huacales y tambores vacíos.

  4. Productos elaborados: cerveza, gaseosa y panela.

  5. Productos agrícolas: los producidos en el campo con destino a centros urbanos, excepto el café y los productos altamente procesados.

  6. Materiales de construcción: ladrillo, teja de barro, piedra, grava, arena, tierra, yeso, balasto, mármol y madera.

  7. Derivados del petróleo: gas propano, kerosene, cocinol, carbones minerales y vegetales envasados o empacados para venta al consumidor.

Estas categorías son las únicas por las cuales pueden contratar directamente a un propietario de vehiculo de carga, otro tipo de mercancías o productos siempre requerirá contrata a una Empresa de Transporte de carga legalmente habilitada en Colombia.

Documento de Transporte: Cumple con el Decreto 1017 de 2025

El Documento de Transporte: una obligación ineludible

En la actualidad, el Ministerio de Transporte ha reiterado que ninguna mercancía puede circular sin estar amparada por un Documento de Transporte, ya sea:

Transportar mercancías sin el Documento de Transporte puede generar sanciones severas, incluyendo la inmovilización del vehículo y multas administrativas de hasta 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

¿Por qué es importante cumplir?

Además de evitar sanciones, contar con el Documento de Transporte garantiza:

Cumplir con esta normativa fortalece la formalidad del sector y protege tanto a los transportadores como a los generadores de carga frente a posibles contrataciones ilegales, prácticas de competencia desleal,  eventuales reclamaciones o sanciones, multas e investigaciones penales.

El reto para las empresas y transportadores

El principal desafío no está en la norma, sino en la adaptación operativa: aprender a registrar correctamente cada viaje, identificar cuándo aplica la contratación directa y mantener al día la documentación exigida, y entender como Generador de carga que todo tipo de contratación de transporte debe ser reportada al RNDC inclusive con los propietarios de vehículos.

Las empresas y propietarios de vehículos deben asegurarse de:

Conclusión

El Decreto 2044 de 1988, lejos de ser una norma antigua, cobra hoy una nueva relevancia, con el fortalecimiento del control y la trazabilidad en el transporte de carga, el Documento de Transporte se convierte en una herramienta clave para la legalidad y la eficiencia logística.

Cumplirlo no solo evita sanciones, sino que también demuestra compromiso con la formalidad, la seguridad y la competitividad del sector.

Si desea conocer los requisitos mínimos legales para la contratación del servicio de transporte, los contratos que han sido declarados ilegales, las prácticas que están llevando a sanciones que pueden afectar su estabilidad financiera y riesgo reputacional, NO DUDE EN CONTACTARNOS.

 Evita sanciones y protege tu operación logística. ¡Cumple hoy con el Documento de Transporte y asegura la legalidad de tu servicio!

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