Como hemos mencionado en artículos anteriores el SICE TAC es el sistema de costos eficientes del transporte terrestre automotor de carga por carretera, que es objeto de regulación y actualización constante por parte del Ministerio de Transporte, y que con ocasión de la ultimas actualizaciones ha presentado variantes significativas, no solo en el valor del costo, sino en el manejo de las relaciones económicas entre los diferentes actores.
Tiempos Logísticos
Así las cosas, es necesario tener en cuenta que las horas logísticas utilizadas para los procesos de cargue y descargue, también hacen parte del SICE TAC, por lo tanto en la parametrización de un “viaje” se incluyen un mínimo de 4 horas logísticas, situación ésta sobre la cual el Ministerio de Transporte en la circular No. 20251010000577 del 3 de septiembre de 2025, concluyo que esos tiempos mínimos (se usen o no) comprenden:
- En trayectos Largos en vehículos de carga pesada: 8 horas en trayectos de más de 8 horas
- En trayectos cortos en vehículos de carga pesada: 4 horas cuando el trayecto sea inferior a 8 horas
- Vehículos de carga liviana: 4 horas
La mencionada circular refirió que las horas de transito dependen de la configuración vehicular y la ruta
Lo anterior adicionalmente en el reciente decreto 1017 de 2025 conllevo a que las horas logísticas máximas comprendan 8 horas, pues la norma prevé:
- Se entenderá, que las horas totales para la actividad de cargue no podrán ser superiores a ocho (8) horas siguientes al arribo del vehículo al lugar de origen indicado por la empresa de transporte en la remesa terrestre de acuerdo con la fecha y hora de la cita programada. igual forma, se entenderá, que horas totales para la de descargue no ser superiores a ocho (8) siguientes al arribo del vehículo al lugar de destino indicado por la empresa de transporte en remesa terrestre de acuerdo con y hora de la cita programada.”
Tipologías de vehículos incluidas
Encontramos que el SICE TAC ha divido los vehículos por tipologías y generado parámetros, lo cual fue corroborado por el Decreto 1017 de 2025 así:
- Carga Liviana: vehículos con peso bruto inferior a 10,5 toneladas, según homologación y registro en el RUNT, lo que incluye automotores entre 7.500 kg a 10.500 kg.
- Carga pesada: vehículos con peso bruto vehicular superior a 10.5 toneladas, que su capacidad de carga según configuración puede ir hasta las 34 toneladas, acá incluyes C3, C3, 2S2,2S3, 3S2, 3S3
Volquetas: que pueden ser 2, 3 o 4 ejes

Tipos de carga
En las opciones de carga que encontramos parametrizados, carga general, refrigerada, contenerizada, granel sólido, granel líquido.
Así que hasta acá si su operación incluye estas tipológicas de vehículo o de carga, deben tasar los cosos sin infringir la base SICE TAC, preceptos aplicables a todos los actores, propietarios de vehículos, generador de carga, empresa de transporte habilitada.
Otro Tip importante
LA herramienta del SICE TAC tiene en cuenta no el costo por tonelada sino por capacidad total del vehículo, lo cual supone un cambio drástico respecto del día de la operación de transporte.
En efecto, en la práctica cuando no se ocupaba la capacidad del carro, se hacían los famosos consolidados de carga, donde el transportista podía movilizar mercancías de varias empresas de transporte y completar su costo, sin embargo, las reglas actuales no lo permiten, y la empresa de transporte se ve avocada a pagar el cupo o capacidad transportadora completa lo use o no, lo cual genera impacto en los costos de movilización y al consumidor final del producto objeto de transporte.
¿Que sigue ahora?
Como empresa de transporte determinar de manera clara los parámetros de negociación, no solo en la tarifa o flete sino atendiendo las horas logísticas, el valor de cada hora adicional, el valor del stand by y generar estrategias para ser mas eficientes en la operación.
Es así que las empresas de transporte deben conocer su operación, costear cada uno de los costos asociados (operativos, administrativos, de infraestructura, etc), más la utilidad de la empresa, con miras a ser eficientes y competitivos en el mercado, sin infringir el marco legal; además es indispensable capacitar a sus equipos comerciales, administradores de flotas o quienes apoyan la contratación de flota tercera, y capacitar a sus clientes, generadores de carga sobre las nuevas reglas de la logística y el transporte de carga. Así mismo actualizar contratos de vinculación con sus terceros
Para los generadores de carga, se torna importante determinar en las negociaciones de tarifas y de acuerdo a su operación cual es la cantidad de horas pactadas o incluidas en flete, y prever en dicha negociación desde que momento se inicia la contabilización de los tiempos logísticos, cual es procedimiento o criterio de asignación de citas para cargue y descargue, determinar en sus contratos cual es el valor de cada hora de stanby generada después de finalizadas las horas logísticas pactadas.
En M&M INTEGRAL, estamos a la vanguardia en actualización jurídica y operativa, para poder acompañarlos en este camino con inteligencia legal para su empresa.
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