Atención vigiladas: inicia el reporte obligatorio de Información Subjetiva 2025 ante la Supertransporte

Reporte de Información Subjetiva 2025: Guía clave para empresas vigiladas por la Supertransporte

Atención vigiladas: inicia el reporte obligatorio de Información Subjetiva 2025 ante la Supertransporte: La Superintendencia de Transporte ha establecido el calendario oficial para el reporte de Información Subjetiva correspondiente a la vigencia 2025, obligación que deben cumplir todas las empresas vigiladas a través del Sistema Inteligente Nacional de Supervisión al Transporte (SINST – VIGÍA).

Este reporte constituye uno de los principales mecanismos de supervisión mediante los cuales la entidad evalúa la situación legal, financiera y administrativa de las organizaciones del sector transporte.

A continuación, explicamos qué debe reportarse, quiénes están obligados, cuáles son los plazos y qué aspectos deben tenerse en cuenta para evitar sanciones.

¿Qué es la Información Subjetiva?

De acuerdo con la Circular Única de Infraestructura y Transporte, Título IV, Capítulo 1, la Información Subjetiva corresponde al conjunto de datos que permiten a la Superintendencia analizar la condición integral de las empresas vigiladas desde tres perspectivas principales:

Esta información complementa la denominada Información Objetiva, la cual está relacionada con la operación del servicio (rutas, vehículos y carga movilizada).

El reporte actual debe realizarse con corte al 31 de diciembre de 2025.

¿Dónde se realiza el reporte?

Reporte de Información Subjetiva 2025: Guía clave para empresas vigiladas por la Supertransporte

SINST – Sistema Inteligente Nacional de Supervisión al Transporte

Antes de iniciar el proceso, es fundamental verificar que:

Información financiera requerida

Las empresas vigiladas deberán cargar los estados financieros completos, elaborados bajo normas contables vigentes (NIIF), incluyendo:

Estos documentos permiten a la entidad supervisora evaluar la estabilidad económica y sostenibilidad empresarial.

Documentos de gestión y legalidad

Además de la información financiera, se deben presentar documentos que reflejen la gestión corporativa de la organización:

Información corporativa y de riesgos

El reporte también incluye información estratégica relacionada con la estructura y riesgos empresariales:

Este componente permite a la Superintendencia evaluar riesgos legales y financieros que puedan impactar la operación del servicio.

Calendario oficial de entrega 2026

Las fechas límite de reporte fueron definidas según los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Los plazos se distribuyen entre abril y mayo de 2026, iniciando el 13 de abril y finalizando el 11 de mayo de 2026, conforme al calendario publicado por la Superintendencia de Transporte.

Es indispensable identificar la fecha correspondiente a cada empresa para evitar reportes extemporáneos.

Reporte de Información subjetiva 2025 supertransporte

La Supertransporte informa a sus vigilados, que de conformidad con lo indicado en la “Circular Única de Infraestructura y Transporte”, así como en las normas que la modifiquen o adicionen, la información subjetiva de la vigencia 2025, deberá ser reportada a través del Sistema Inteligente Nacional de Supervisión al Transporte – SINST, desde el 6 de abril de 2026 y las fechas límites determinadas de acuerdo con los dos (02) últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Reporte de Información Subjetiva 2025: Guía clave para empresas vigiladas por la Supertransporte

El calendario podrá ser visualizado en la pagina web de la Superintendencia de transporte en el siguiente link: 

Consecuencias del incumplimiento

La Superintendencia de Transporte ha reiterado que pueden imponerse sanciones cuando se presenten las siguientes situaciones:

Estas sanciones pueden ser impuestas por la Delegada para la Protección de los Usuarios o la Delegada de Concesiones e Infraestructura.

Recomendaciones antes de iniciar el cargue

Para evitar contratiempos, se recomienda:

  1. Reunir previamente toda la documentación financiera y legal.

  2. Validar firmas y certificaciones requeridas.

  3. Confirmar la actualización del usuario en el SINST.

  4. Revisar la coherencia contable bajo NIIF.

  5. No esperar la fecha límite para iniciar el proceso.

 

Acompañamiento especializado

Reporte de Información Subjetiva 2025: Guía clave para empresas vigiladas por la Supertransporte

El proceso de reporte puede generar dudas técnicas o operativas dentro del sistema SINST. Contar con acompañamiento especializado permite reducir errores y asegurar el cumplimiento normativo.

El equipo de M&M Integral puede orientar a las empresas vigiladas en el paso a paso del registro y cargue de información, siempre verificando previamente que se disponga de toda la documentación requerida.

Próximo reporte: Información Objetiva

En una próxima publicación abordaremos la Información Objetiva, la cual tiene una periodicidad diferente y está relacionada directamente con la operación del servicio de transporte.

👉Prepárate hoy y asegura tu cumplimiento: evita sanciones reportando correctamente a tiempo.

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