Animales de apoyo emocional en el trabajo: requisitos y protocolo que deberían implementar las empresas: La Reforma Laboral introdujo una disposición que ha generado dudas entre trabajadores y empleadores: la posibilidad de ingresar con animales de compañía, asistencia o apoyo emocional a los lugares de trabajo.
Sin embargo, la nueva regla no significa que todas las personas puedan llegar a la oficina con sus mascotas sin autorización. La Ley 2466 de 2025 establece diferencias importantes entre una mascota común y un animal cuya presencia es necesaria por razones físicas, psicológicas o emocionales.
Para las empresas, el reto consiste en garantizar los derechos de los trabajadores sin descuidar la seguridad, la salud, la convivencia y el bienestar animal.
¿Ahora se puede llevar una mascota al trabajo?
Depende del tipo de animal y de la razón de su ingreso.
El artículo 56 de la Ley 2466 de 2025 establece que los empleadores podrán adoptar políticas de bienestar que permitan el ingreso de animales de compañía, específicamente perros y gatos.
Esto quiere decir que una empresa puede implementar voluntariamente una política “pet friendly”, pero no está obligada a permitir el ingreso general de todas las mascotas.
La situación cambia cuando se trata de animales de:
- Asistencia.
- Apoyo emocional.
- Uso terapéutico.
En estos casos, el empleador deberá permitir el ingreso cuando el trabajador presente un certificado que demuestre que necesita ese acompañamiento por razones físicas, psicológicas o emocionales. El documento debe ser expedido por un profesional de psicología o psiquiatría.
Mascota común y animal de apoyo emocional no son lo mismo
Una mascota de compañía es un animal que forma parte del entorno personal o familiar del trabajador y que le brinda afecto, compañía o bienestar.
Su ingreso al lugar de trabajo depende de las políticas internas adoptadas voluntariamente por la empresa.
Por el contrario, un animal de apoyo emocional cumple una función relacionada con el bienestar psicológico o emocional de la persona. Para que tenga el tratamiento previsto en la Reforma Laboral, no basta con que el trabajador manifieste que su perro o gato lo hace sentir mejor.
Debe existir una certificación profesional que respalde la necesidad del acompañamiento.
Por eso, afirmar que “ahora todos pueden llevar a su perro al trabajo” es incorrecto. La obligación legal se refiere específicamente a animales de asistencia, apoyo emocional o uso terapéutico debidamente certificados.
¿Desde cuándo aplica esta disposición?
La Ley 2466 fue promulgada y entró en vigencia el 25 de junio de 2025. Su artículo 70 señala que la reforma rige desde su promulgación.
La disposición sobre animales en entornos laborales no quedó sometida expresamente a una fecha posterior de entrada en vigencia.
Por tanto, las empresas ya deberían estar preparadas para recibir y evaluar solicitudes relacionadas con animales de apoyo emocional, asistencia o uso terapéutico.
La ley también ordenó al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Salud expedir, dentro de los doce meses siguientes, lineamientos sobre salud animal, bioseguridad, convivencia, responsabilidades y procedimientos para atender emergencias o conflictos.
Con corte al 12 de julio de 2026, en las fuentes oficiales consultadas no identifiqué una reglamentación nacional definitiva que desarrolle completamente ese procedimiento. Por esta razón, resulta recomendable que cada empresa adopte un protocolo interno preventivo, respetando lo establecido directamente por la ley.
¿Qué documento debe presentar el trabajador?
El trabajador debe aportar un certificado expedido por un profesional de psicología o psiquiatría.
Este documento debe soportar la necesidad de acompañamiento físico, psicológico o emocional. La ley no establece que la persona deba compartir toda su historia clínica ni divulgar públicamente su diagnóstico.
La información relacionada con la salud se considera un dato personal sensible. Por ello, debe ser manejada con acceso restringido, medidas de seguridad y confidencialidad. No debería compartirse con jefes, compañeros o terceros que no necesiten conocerla para gestionar la solicitud.
La empresa debería solicitar únicamente la información necesaria para determinar:
- Que existe una necesidad de acompañamiento.
- Que el documento fue expedido por un profesional autorizado.
- Que el animal cumple una función de apoyo, asistencia o uso terapéutico.
- Que la recomendación continúa vigente.
¿Cómo debería ser el protocolo de ingreso?
Mientras se desarrollan lineamientos nacionales más detallados, las organizaciones pueden establecer un procedimiento interno dividido en las siguientes etapas.
1. Presentación de la solicitud
El trabajador debería presentar una solicitud escrita ante Talento Humano o ante el área definida por la empresa.
La petición puede incluir:
- Nombre del trabajador.
- Identificación del animal.
- Tipo de acompañamiento requerido.
- Fecha estimada de inicio.
- Frecuencia con la que ingresará el animal.
- Certificación profesional correspondiente.
La empresa debe informar claramente quién recibirá la documentación, cuánto tiempo tomará la evaluación y cómo protegerá la información médica.
2. Revisión de la certificación
Talento Humano debería comprobar que el documento haya sido emitido por un profesional de psicología o psiquiatría y que soporte la necesidad del acompañamiento.
La empresa no debería solicitar diagnósticos adicionales sin una justificación legítima ni someter al trabajador a preguntas invasivas sobre su salud.
Cuando la información sea insuficiente, puede pedir una aclaración puntual, manteniendo siempre la reserva.
3. Verificación de las condiciones del animal
Aunque la Ley 2466 menciona expresamente el certificado psicológico o psiquiátrico, el protocolo interno puede solicitar información razonable para proteger la salud y la convivencia, como:
- Certificado veterinario.
- Esquema de vacunación vigente.
- Desparasitación.
- Identificación del animal.
- Información sobre su comportamiento.
- Condiciones especiales de cuidado.
- Uso de correa, arnés o bozal cuando corresponda.
Estos requisitos no deberían convertirse en barreras desproporcionadas. Su finalidad debe ser garantizar que el animal pueda permanecer en el lugar sin poner en riesgo su bienestar ni el de otras personas.
4. Evaluación del puesto y del entorno laboral
La empresa debería analizar las condiciones particulares del espacio donde trabaja la persona.
La evaluación puede considerar:
- Riesgos industriales o presencia de maquinaria.
- Sustancias químicas o materiales peligrosos.
- Manipulación o producción de alimentos.
- Restricciones sanitarias.
- Atención directa al público.
- Espacios reducidos.
- Rutas de evacuación.
- Alergias o condiciones médicas de otros trabajadores.
- Existencia de otros animales en el lugar.
El análisis debe ser individual. No es recomendable responder automáticamente que “en esta empresa no se permiten mascotas”, porque un animal de apoyo emocional certificado no recibe el mismo tratamiento que una mascota común.
5. Definición de medidas de convivencia
Cuando existan alergias, temor a los animales o posibles conflictos con otros empleados, la empresa debería intentar implementar medidas razonables.
Por ejemplo:
- Reubicar los puestos dentro de la misma área.
- Establecer zonas de circulación.
- Evitar el ingreso del animal a determinadas salas.
- Organizar horarios escalonados.
- Mejorar la ventilación y limpieza.
- Mantener una distancia adecuada entre trabajadores.
- Implementar modalidades híbridas cuando la actividad lo permita.
La Corte Constitucional ha reconocido la importancia de establecer protocolos para el ingreso y la permanencia de perros de apoyo emocional, evitando que las restricciones institucionales desconozcan los derechos relacionados con la salud mental.
6. Autorización y acta de compromiso
Una vez evaluada la solicitud, la empresa debería emitir una respuesta escrita.
La autorización puede indicar:
- Fecha de inicio.
- Vigencia.
- Horarios de ingreso.
- Espacios permitidos.
- Zonas restringidas.
- Reglas de higiene.
- Medidas de seguridad.
- Responsabilidades del trabajador.
- Procedimiento para reportar incidentes.
- Condiciones para revisar la autorización.
También resulta conveniente firmar un acta de compromiso entre el trabajador y la empresa.
Responsabilidades del trabajador
El hecho de que el ingreso deba permitirse no libera al trabajador de sus obligaciones.
La persona responsable debería:
- Mantener al animal bajo supervisión.
- Garantizar su alimentación, hidratación y descanso.
- Recoger y disponer correctamente sus desechos.
- Conservar la limpieza del espacio.
- Evitar que el animal interfiera con las funciones de otros trabajadores.
- Cumplir las reglas de circulación.
- Informar cualquier incidente.
- Mantener vigentes los documentos veterinarios.
- Garantizar un trato adecuado y respetuoso hacia el animal.
Si el animal muestra comportamientos agresivos, signos de enfermedad o niveles evidentes de estrés, la empresa y el trabajador deberían revisar las condiciones de permanencia.
Responsabilidades de la empresa
El empleador debería:
- Recibir y evaluar cada solicitud individualmente.
- Proteger la información médica del trabajador.
- Evitar actuaciones discriminatorias.
- Definir reglas claras y accesibles.
- Evaluar riesgos de seguridad y salud en el trabajo.
- Informar al equipo únicamente lo necesario.
- Gestionar las posibles alergias o conflictos.
- Establecer procedimientos para emergencias.
- Garantizar que las reglas no sean desproporcionadas.
- Capacitar a líderes y responsables de Talento Humano.
También debería evitar que el ingreso del animal genere burlas, comentarios ofensivos o divulgación de información sobre la salud del trabajador.
¿La empresa puede negar la solicitud?
Una prohibición general podría generar riesgos cuando el trabajador presenta una certificación válida.
Sin embargo, pueden existir espacios con condiciones especiales, como plantas industriales, laboratorios, cocinas, centros médicos, áreas de producción de alimentos o lugares con sustancias peligrosas.
En estos escenarios, la empresa debería realizar una evaluación técnica, individual y documentada. Antes de negar completamente el ingreso, conviene analizar si existen alternativas como la reubicación, el trabajo híbrido, la adecuación de un espacio o restricciones parciales.
La decisión no debería basarse únicamente en preferencias personales o en una política general contra las mascotas.
¿Qué ocurre si el animal causa un incidente?
El protocolo debería establecer una ruta para situaciones como:
- Mordeduras o rasguños.
- Daños materiales.
- Reacciones alérgicas.
- Conductas agresivas.
- Peleas entre animales.
- Escapes.
- Emergencias veterinarias.
- Evacuaciones.
- Quejas por ruido, olores o higiene.
Ante un incidente, la empresa deberá documentar lo ocurrido, atender a las personas afectadas, revisar las medidas implementadas y determinar si es necesario modificar temporalmente las condiciones de ingreso.
La autorización no debería cancelarse de manera automática sin analizar las circunstancias y escuchar al trabajador.
¿Qué deberían hacer las empresas desde ahora?
Las organizaciones no deberían esperar a recibir la primera solicitud para definir cómo actuar.
Es recomendable:
- Crear un protocolo para animales de asistencia y apoyo emocional.
- Diferenciar estos casos de las políticas generales para mascotas.
- Definir quién recibe y evalúa las solicitudes.
- Establecer requisitos documentales razonables.
- Actualizar las políticas de protección de datos.
- Integrar el procedimiento al Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Establecer reglas de higiene y convivencia.
- Capacitar a Talento Humano y a los líderes.
- Diseñar un formato de autorización y compromiso.
- Crear una ruta para emergencias y conflictos.
Conclusión
La Reforma Laboral no convirtió automáticamente todos los lugares de trabajo en espacios “pet friendly”.
Las empresas continúan teniendo la facultad de decidir si permiten mascotas comunes como parte de sus políticas de bienestar. Sin embargo, cuando un trabajador presenta una certificación expedida por un profesional de psicología o psiquiatría que acredita la necesidad de un animal de asistencia, apoyo emocional o uso terapéutico, el empleador debe atender la solicitud bajo las reglas establecidas en la Ley 2466 de 2025.
La mejor forma de cumplir esta disposición es contar con un protocolo claro que proteja los derechos del trabajador, la salud de sus compañeros, la seguridad de la operación y el bienestar del animal.
No se trata simplemente de permitir o prohibir mascotas. Se trata de construir una respuesta responsable, individual y organizada frente a una necesidad de salud y bienestar emocional.
Protege a tus trabajadores y a tu empresa: implementa hoy un protocolo claro y responsable.


