PESV 2026 en Colombia: Obligaciones, Circular 0034 y Fechas Clave de Reporte

PESV 2026 en Colombia: Obligaciones, Circular 0034 y Fechas Clave de Reporte

¿Su empresa está obligada al PESV? Claves de la Circular 0034 de 2026 y fechas de reporte: El Ministerio del Trabajo emitió la Circular 0034 de 2026, mediante la cual establece lineamientos operativos para el reporte de autogestión del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) aplicable a empresas clasificadas como Misionalidad 2.

Esta disposición representa una obligación clave para miles de empresas en Colombia que, aunque no tienen como actividad principal el transporte, utilizan vehículos dentro de su operación diaria.

El incumplimiento en la implementación o reporte del PESV puede generar sanciones administrativas, hallazgos en auditorías y riesgos legales para la organización.

¿Qué es el PESV y quién está obligado?

PESV 2026 en Colombia: Obligaciones, Circular 0034 y Fechas Clave de Reporte

El Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) es una herramienta de gestión diseñada para promover la seguridad vial dentro de las organizaciones, prevenir accidentes y fortalecer la cultura preventiva empresarial.

Su implementación es obligatoria para empresas que:

Esta obligación nace de:

La Ley 2050 otorgó expresamente al Ministerio del Trabajo la competencia para supervisar el cumplimiento del PESV dentro del marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

¿Qué es Misionalidad 2?

De acuerdo con la Resolución 20223040040595 de 2022, las empresas clasificadas como Misionalidad 2 son aquellas cuya actividad económica principal no corresponde al transporte, pero utilizan vehículos como parte de su operación.

Ejemplos:

En otras palabras: aunque tu negocio no sea “de transporte”, podrías estar obligado a implementar y reportar el PESV.

¿Qué establece la Circular 0034 de 2026?

La Circular 0034 define el procedimiento oficial para el reporte de autogestión del PESV ante el Ministerio del Trabajo.

Entre sus principales disposiciones están:

1. Canal oficial de reporte digital

El Ministerio habilitó como canales oficiales:

Esto centraliza la captura de información y facilita el seguimiento por parte de la autoridad.

Reporte excepcional para vigencia 2025

La circular establece una excepción operativa importante:

El reporte correspondiente a la vigencia 2025 podrá realizarse hasta el:

30 de mayo de 2026

Esto aplica para todos los obligados, independientemente del último dígito del NIT o cédula.

Por tanto, durante mayo de 2026 las empresas deben realizar el cargue de información correspondiente al periodo 2025.

Calendario permanente de reportes posteriores

A partir de vigencias posteriores, el calendario ordinario se regirá según el último dígito del NIT o documento:

¿Su empresa está obligada al PESV? Claves de la Circular 0034 de 2026 y fechas de reporte

Este calendario aplica tanto para:

¿Qué debe reportar la empresa?

El reporte de autogestión del PESV usualmente incluye información relacionada con:

Gestión organizacional
Gestión de vehículos
Gestión del talento humano
Gestión del riesgo vial
Indicadores y seguimiento

Relación entre PESV y SG-SST

Uno de los aspectos más relevantes de la Circular 0034 es que refuerza la integración entre:

Esto implica que el PESV ya no debe verse como documento aislado, sino como parte del SG-SST.

Por ello, las empresas deben incluir esta obligación dentro de:

Riesgos de no cumplir con el reporte

No implementar o reportar el PESV puede generar:

Además, ante accidentes laborales en desplazamiento, la ausencia de PESV puede agravar contingencias legales.

Recomendaciones para empresas obligadas

PESV 2026 en Colombia: Obligaciones, Circular 0034 y Fechas Clave de Reporte

Para cumplir adecuadamente:

1. Verificar obligación

Confirma con tu equipo de SST si tu organización cumple criterios de obligatoriedad.

2. Revisar clasificación

Valida si tu empresa corresponde a Misionalidad 2.

3. Actualizar matriz legal

Incluye:

4. Preparar soportes

Ten listos documentos, indicadores y evidencias antes del reporte.

5. Realizar reporte oportunamente

Para vigencia 2025: hasta el 30 de mayo de 2026.

Conclusión

La Circular 0034 de 2026 fortalece el control estatal sobre la implementación del PESV y consolida su integración con el SG-SST.

Las empresas de Misionalidad 2 deben revisar de manera inmediata si están obligadas y realizar el reporte correspondiente dentro de los plazos establecidos.

Cumplir no solo evita sanciones, sino que fortalece la gestión preventiva, reduce accidentalidad y mejora el control operativo de riesgos asociados a movilidad empresarial.

Si tu empresa utiliza vehículos o administra conductores, este tema debe ser prioridad inmediata para tu área de SST y cumplimiento normativo.

👉  Verifica hoy si tu empresa está obligada al PESV y cumple a tiempo para evitar sanciones y riesgos legales.

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