Resolución 00610 de 2026: Empresas deberán adecuar Salas de Lactancia o enfrentar sanciones

Resolución 00610 de 2026: Empresas deberán adecuar Salas de Lactancia o enfrentar sanciones

Resolución 00610 de 2026: Nueva obligación laboral, empresas deberán adecuar Salas de Lactancia o enfrentar sanciones: El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 00610 de 2026, normativa que actualiza los lineamientos técnicos para la implementación y operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral en Colombia.

Esta resolución deroga la Resolución 2423 de 2018 y fortalece el marco regulatorio orientado a la protección de la maternidad, promoción de la lactancia materna y garantía de derechos laborales para madres gestantes y lactantes.

Para muchas empresas, esta actualización implica ajustes inmediatos en infraestructura, procesos internos, documentación y gestión del talento humano.

¿Qué son las Salas Amigas de la Familia Lactante?

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Las Salas Amigas son espacios especialmente acondicionados dentro del entorno laboral destinados a que las trabajadoras gestantes y lactantes puedan:

Estas salas buscan promover:

Marco normativo aplicable

La Resolución 00610 de 2026 se articula con diversas normas:

Este marco evidencia que ya no se trata solo de bienestar corporativo, sino de cumplimiento legal obligatorio.

¿Qué empresas están obligadas?

La implementación es obligatoria para:

1. Empresas privadas con capital igual o superior a 1.500 SMMLV

Toda empresa privada que cumpla este umbral debe contar con Sala Amiga.

2. Empresas con capital inferior a 1.500 SMMLV y más de 50 empleadas

Si la organización tiene más de 50 trabajadoras, también aplica obligación.

3. Sedes adicionales

La obligación no solo aplica para sede principal.

También aplica a cualquier sede que supere 50 empleadas.

4. Empresas híbridas

Incluso si la compañía opera bajo modalidad:

debe cumplir si mantiene personal femenino presencial sujeto a la norma.

5. Implementación compartida

La resolución permite que varias empresas compartan una Sala Amiga cuando ocupan un mismo espacio físico, siempre que cumplan requisitos técnicos.

Requisitos técnicos e infraestructura obligatoria

La Resolución 00610 establece condiciones mínimas.

1. Espacio físico

Debe ser:

El tamaño debe ser proporcional al número de usuarias.

2. Condiciones ambientales

Debe contar con:

3. Materiales

Pisos y paredes deben ser:

4. Higiene

Debe existir:

5. Mobiliario obligatorio

La sala debe contar con:

6. Gestión de residuos

Canecas con:

Cumpliendo Resolución 2184 de 2019.

7. Refrigeración y conservación

Obligatorio contar con:

Prohibido almacenar:

8. Insumos obligatorios

La resolución exige:

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Prohibiciones dentro de la Sala Amiga

En cumplimiento del Decreto 1397 de 1992, queda prohibido:

Responsabilidades administrativas

La empresa debe garantizar gestión formal del programa.

Designación de responsable

Debe nombrarse formalmente un encargado de la sala.

Este responsable debe estar capacitado en:

Plan anual de capacitación

Obligatorio realizar mínimo 3 capacitaciones al año sobre:

Debe conservarse:

Inducción y reinducción

La estrategia debe incluirse en:

Registros y controles obligatorios

La resolución exige trazabilidad documental.

Manual de aseo

Debe existir instructivo formal de:

acompañado de bitácora diaria.

Registro de temperatura
Control obligatorio dos veces al día:
Refrigeración:

2°C a 5°C

Congelación:

máximo -3°C

Registro de uso

Bitácora diaria con:

Inscripción obligatoria

La empresa debe registrar formalmente la sala ante:

Secretaría de Salud municipal o distrital

Esto habilita inspección y seguimiento.

Plazo para adecuación

Empresas que ya cuentan con Sala Amiga tienen:

3 meses desde entrada en vigencia

para ajustarse a nuevos parámetros.

Plan de acción inmediato recomendado

1. Adecuación técnica

Comprar e instalar:

2. Gestión documental

Actualizar:

3. Capacitación

Socializar norma con:

4. Registro oficial

Radicar ante Secretaría de Salud.

Derechos laborales relacionados con lactancia

Según Artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo:

La trabajadora tiene derecho a:

Sin descuento salarial durante primeros 6 meses.

Extensión por Ley 2306 de 2023

Posteriormente:

Hasta que el menor cumpla 2 años, bajo condiciones legales aplicables.

Riesgos de incumplimiento

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No cumplir puede generar:

Conclusión

La Resolución 00610 de 2026 refuerza la protección de la maternidad y convierte la gestión de Salas Amigas en una obligación técnica, documental y operativa más robusta.

Las empresas obligadas deben actuar de inmediato para:

Cumplir no solo evita sanciones, sino que fortalece cultura organizacional, bienestar laboral y cumplimiento normativo integral.

Si tu empresa cuenta con trabajadoras gestantes o lactantes y cumple criterios de obligatoriedad, este tema debe ser prioridad inmediata para SST, talento humano y cumplimiento legal.

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